Realizar un cambio de titular, solicitar un nuevo contrato o dar de baja el servicio de luz ante la Comisión Federal de Electricidad (CFE) exige, por regla general, la presencia del titular de la cuenta. Sin embargo, si el titular no puede acudir a la sucursal, es perfectamente legal delegar esta tarea a un tercero mediante una carta poder para trámites de CFE.
Uno de los motivos más frecuentes por los que los ejecutivos de CFE rechazan este documento en ventanilla es porque la carta no especifica claramente el trámite a realizar o le faltan firmas obligatorias. A continuación, te explicamos qué elementos debe contener exactamente para ser válida y cuándo necesitas un formato simple o uno notariado.
¿Carta Poder Simple o Poder Notarial?
Antes de redactar el documento, debes identificar qué tipo de cuenta estás gestionando, ya que la CFE tiene reglas estrictas:
-
Para contratos residenciales (Casas): Basta con una carta poder simple. Puede estar redactada a mano, impresa desde un formato de papelería o generada en computadora, siempre y cuando contenga las firmas originales de todos los involucrados.
-
Para contratos comerciales (Empresas o Negocios): Si el recibo está a nombre de una persona moral (empresa), una carta poder simple será rechazada. El representante legal de la empresa deberá otorgar un Poder Notarial original y copia para que el tercero pueda gestionar el trámite.
Requisitos obligatorios que debe incluir la carta
Para que tu carta poder simple sea aceptada sin contratiempos en los Centros de Atención a Clientes de la CFE, asegúrate de que el documento incluya esta información:
-
Lugar y fecha de expedición.
-
Nombre completo del otorgante (el titular que aparece en el recibo de luz).
-
Nombre completo del apoderado (la persona que acudirá a la ventanilla).
-
Descripción exacta del trámite: No uses frases genéricas como “trámites en CFE”. Debes especificar: “Se otorga poder para realizar el cambio de titularidad / cancelación / nuevo contrato del servicio con número de servicio XXXXXX ubicado en el domicilio YYYYYY”.
-
Firmas originales: Del otorgante, del apoderado y obligatoriamente de dos testigos.
Documentos que deben acompañar a la carta poder
La carta por sí sola carece de valor si no va acompañada de las identificaciones de los firmantes. El apoderado debe presentarse en la ventanilla de CFE llevando:
-
Identificación oficial vigente (INE o Pasaporte) del apoderado (Original y copia).
-
Copia legible de la identificación oficial del otorgante.
-
Copias de las identificaciones de los dos testigos que firmaron la carta.
-
El recibo de luz más reciente (si aplica para el trámite).
